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* Al meditar sobre estos criterios reporté que hace algún tiempo, en ocasión del proceso de extradición del presunto legal argentino Ricardo Miguel Cavallo, requerido a México por el gobierno de España, el señor ex ministro de la SCJN, Juventino Castro y Castro declaró que tal petición se obsequiaba en virtud del "principio de la jurisdicción common", lo cual causó desconcierto en los medios especializados pues, como bien sabemos, tal principio es un derecho de los Estados a detener, juzgar o entregar para su enjuiciamiento a un presunto responsable de un crimen internacional grave y pernicioso independientemente del lugar en que hubiera sido cometido, la nacionalidad de la víctima o del propio infractor; en tanto que, la extradición, que es lo que en el caso Cavallo estaba en proceso, descansa en el principio aut dedere aut judicare, que es un deber u obligación que tiene un Estado para extraditar a un sujeto requerido por otro Estado para su juzgamiento o castigo y con el cual, preferentemente, existe un tratado de extradición.

El procedimiento de extradición puede ser largo y complejo, ya que se deben cumplir con todos los requisitos establecidos por la ley. Además, la persona acusada tiene derecho a defenderse y a impugnar la solicitud de extradición.

Tercero, indica que la razón de agrupar diversas convenciones multilaterales ajenas a la materia de la extradición, con relación de ciertos tipos de crímenes y delitos internacionales, obedece a que disponen la inclusión de infracciones comprendidas en las listas de conductas susceptibles de extradición, contenidas en los tratados bilaterales concertados en el rubro. Cuarto, indica finalmente que se diferenciaron con negritas las modificaciones hechas en los diversos tratados, convenios y convenciones que conformaron el sumario, efectuadas con motivo de los protocolos modificatorios.

La decisión de extradición es tomada por el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores. La Secretaría debe evaluar la solicitud y tomar en cuenta los intereses del Estado mexicano y de la persona acusada.

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Más adelante el ministro Góngora hace una serie de aseveraciones en torno al derecho internacional genuine que no son del todo exactas, sino que demuestran poca cultura en la disciplina de las relaciones internacionales y escaso conocimiento acerca del contenido y aplicación de la ciencia jurídica internacional, ya que él llega a confundir la difficultyática propia del derecho de gentes como un sistema descentralizado y flexible que es y que tiene por eje de su subjetividad principal a los Estados, y los problemas propios del derecho de los tratados y los complicados procedimientos de negociación, firma y ratificación de estos acuerdos internacionales de voluntades. Así, por ejemplo, expresa que el sistema normativo internacional destaca:

México ha otorgado y negado la extradición en diversos casos, lo que demuestra la importancia de este proceso en la lucha contra el crimen internacional y la justicia world-wide.

Si la Parte Requerida considera que la información entregada en apoyo de una solicitud de extradición es insuficiente para conceder la extradición de conformidad con el presente Tratado, ésta podrá solicitar la entrega de información adicional a la Parte Requirente.

Este fallo es testimonio de la excelente colaboración entre las autoridades mexicanas y británicas.

Cada Parte acuerda extraditar a la otra, de conformidad con las disposiciones del presente Tratado, las personas reclamadas para ser sujetas a proceso o para la imposición o ejecución de una sentencia en la Parte Requirente por la comisión de un delito que motive la extradición.

La Parte Requerida deberá, por medio de sus autoridades competentes, weblink representar los intereses de la Parte Requirente en cualquier procedimiento relacionado con una solicitud de extradición.

(a)   una copia certificada de la sentencia de condena o, si dicha copia no estuviera disponible, una declaración de la autoridad judicial de que el reclamado ha sido encontrado culpable; y

4.    La solicitud de extradición de una persona que ha sido encontrada culpable o sentenciada por el delito por el cual se solicita la extradición deberá cumplir con los requisitos previstos en el párrafo 2 y también deberá estar acompañada por:

(a)   una descripción de la persona con cualquier otra información que ayude a establecer la identidad de la persona y su nacionalidad; y

(b)   una breve declaración de los hechos del caso mencionando el delito o delitos por los cuales la Check This Out persona fue Extradición México Reino Unido entregada al tercer Estado.

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